En caso de accidente deportivo, el deportista lesionado deberá acudir a la Federación o Delegaciones y comunicar su accidente. La Federación le indicará si su afiliación es correcta y le facilitará el preceptivo Certificado de Accidente de la MUTUALIDAD GENERAL DEPORTIVA, informándole del Servicio Asistencial concertado al que puede acudir.
Los servicios Médicos concertados atenderán a todo lesionado que se presente con el correspondiente Certificado de Accidente de la MUTUALIDAD GENERAL DEPORTIVA acompañado de su licencia deportiva, cumplimentándose en ese momento un Parte Médico de Lesión en su totalidad.
Si el deportista accidentado se presentara en la Clínica, Hospital, Médico, etc., sin la mencionada documentación, podrán exigirle el pago o compromiso de pago de los gastos ocasionados, debiendo remitir posteriormente a la Mutualidad General Deportiva, en función de la póliza contratada, las facturas ocasionadas solicitando su reintegro.
En aquellos casos que se acuda por urgencia (entrenamientos o partidos donde un deportista se lesiona y se considere que debe acudir inmediatamente a un Centro Médico Concertado), deberán recordar la importancia de acompañar la licencia de dicho deportista, a fin de evitar lo expuesto anteriormente, debiendo presentar, en el plazo de las 72 horas siguientes al centro médico en el que fue atendido, el Certificado de Accidente de la MUTUALIDAD GENERAL DEPORTIVA facilitado por la Federación o Delegaciones.
Los Facultativos, Centros y Clínicas que la Mutualidad General Deportiva tengan incluidos en sus cuadros de asistencia, deberán ser utilizados obligatoriamente por aquellos deportistas lesionados que deseen recibir las prestaciones del Seguro Deportivo.
No obstante si el asegurado es llevado a otros servicios asistenciales, no concertados, por motivos de Urgencia Vital, precisando hospitalización, la Mutualidad General Deportiva se harán cargo de los gastos derivados de la misma, siempre que este hecho lessea comunicado a la Mutualidad General Deportiva antes de los sietes días siguientes a la lesión.
En ningún otro caso deberán acudir a ningún centro de la Seguridad Social a no ser que la gravedad de la lesión lo haga inevitable. El acudir a cualquier centro de la Seguridad Social, siempre que la gravedad de la lesión leve, puede ocasionar gastos facultativos, que les serán cobrados a los propios lesionados, no siendo reintegrados por la Federación si la lesión es de carácter leve o carece de Urgencia Vital.
Lesiones Odontológicas
En el caso de la Mutualidad General Deportiva, el lesionado, junto con el Comunicado de Accidente, deberá acudir, por urgencias, a un centro concertado, donde le harán constar, en el apartado de diagnóstico, las lesiones correspondientes y la derivación a su Odontólogo.
Una vez visto por el Odontólogo, éste deberá facilitarle un informe médico de las lesiones que aprecia.
Éste informe, junto con el original del Comunicado de Accidentes, deberán ser remitidos a la Mutualidad General Deportiva.
Una vez finalizado el tratamiento, el lesionado deberá abonar la factura del odontólogo, cuyo original será remitido a la Mutualidad General Deportiva, en la que figurará su nombre, datos fiscales y el detalle de dicho tratamiento, con el fin de que la Mutualidad General Deportiva pueda proceder al abono de la Ayuda Graciable para estos casos.
Los centros de atención de la compañía aseguradora MUTUALIDAD GENERAL DEPORTIVA, se relacionan a continuación:
HOSPITAL DE LA PALOMAC/ La Loma, 1Tfno.: 91.534.82.0728003 MADRID URGENCIAS 24 HORAS
CENTRO MÉDICO DE TRAUMATOLOGÍA DEPORTIVAC/ Rey Francisco, 16Tfno.: 91.542.41.2128008 MADRID URGENCIAS DENTRO DE LOS HORARIOS ESTABLECIDOS.CONSULTAS TRAUMATOLOGÍA.DE LUNES A VIERNES 8:00 a 21:00 HORAS.FINES DE SEMANA Y FESTIVOS 11:00 a 18:30 HORAS
HOSPITAL MADRID TORRELODONESAvda. Castillo Olivares, S/N28250 TORRELODONESTfno.: 91.267.50.00URGENCIAS 24 HORAS
Para RESONANCIAS MAGNÉTICAS:SIEMPRE e INEXCUSABLEMENTE, solicitar AUTORIZACIÓN PREVIA a la M.G.D. (91 559 70 63) ó a través de la web www.mgd.esMANTENER
LA CALMA EN EL MOMENTO DE UNA LESIÓN DE GRAVEDAD, Y FACILITAR DE FORMA CLARA LOS PASOS A SEGUIR EN ESTAS SITUACIONES DE DESCONCIERTO.
ADVERTIR QUE LA SEGURIDAD SOCIAL, SI DETECTA QUE EL JUGADOR ES FEDERADO, O VA CON LA EQUIPACIÓN DEL CLUB, LA ASISTENCIA PRESTADA, SALVO QUE SEA DE RIESGO VITAL, LES SERÁ COBRADA EN LOS SIGUIENTES MESES Y SE LES CARGARA A ELLOS, SIN QUE EL CLUB O LA FEDERACIÓN PUEDAN HACER NADA POR EVITARLO, RECORDARLES QUE UNA DECISIÓN SUYA.